Darte de alta como autónomo en España es más sencillo de lo que parece — si sabes los pasos y el orden correcto. Lo que complica el proceso no es la burocracia en sí, sino la cantidad de decisiones que tienes que tomar sin que nadie te explique las consecuencias: qué epígrafe elegir, si acogerte a la cuota reducida, qué modelos tendrás que presentar y cuándo. Esta guía te lo aclara todo.
- El alta se hace en dos sitios: Hacienda (modelo 036/037) y Seguridad Social (RETA).
- El alta en Hacienda debe ser anterior o simultánea al alta en Seguridad Social.
- La cuota reducida en 2026 permite pagar 80 €/mes durante los primeros 12 meses.
- Elegir bien el epígrafe del IAE es fundamental — determina tus obligaciones fiscales.
- Tus primeras obligaciones trimestrales llegan antes de lo que piensas.
Paso 1: Alta en Hacienda (modelo 036 o 037)
Lo primero es comunicar a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica. Para ello presentas el modelo 036 (declaración censal completa) o el modelo 037 (versión simplificada para la mayoría de autónomos).
En este modelo declaras:
- Tu actividad económica — seleccionando el epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) que corresponda.
- Tu domicilio fiscal y, en su caso, el local donde ejerces.
- Las obligaciones fiscales que vas a tener: IVA, IRPF, retenciones, etc.
- El régimen de IVA al que te acoges (general, simplificado, recargo de equivalencia).
Paso 2: Alta en la Seguridad Social (RETA)
Una vez dado de alta en Hacienda — o simultáneamente, pero nunca después — te das de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Puedes hacerlo:
- Online a través del portal Import@ss de la Seguridad Social.
- Presencialmente en cualquier oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- A través de tu asesor con autorización RED.
La cuota reducida en 2026
Si no has sido autónomo en los últimos 2 años (3 si ya disfrutaste de esta bonificación antes), puedes acogerte a la cuota reducida:
- Primeros 12 meses: 80 €/mes, independientemente de tus rendimientos.
- Meses 13 a 24: 80 €/mes si tus rendimientos netos anuales están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.
Paso 3: Decisiones iniciales que importan
Con el alta hecha, hay varias decisiones que debes tomar antes de emitir tu primera factura:
Estimación directa simplificada vs. normal
La mayoría de autónomos tributan en estimación directa simplificada, que aplica un 7 % de gastos de difícil justificación automáticamente (con un máximo de 2.000 € anuales). La estimación directa normal exige contabilidad mercantil completa pero permite deducir todos los gastos reales sin tope. Si tus gastos reales superan el 7 % de tus ingresos significativamente, puede convenirte la normal.
Base de cotización
Desde 2023, los autónomos cotizan en función de sus rendimientos netos reales. Debes comunicar una previsión de rendimientos a la Seguridad Social, que podrás modificar hasta 6 veces al año. Al final del ejercicio, la TGSS regulariza: si cotizaste de más, te devuelve; si cotizaste de menos, te reclama la diferencia.
Cuenta bancaria profesional
Aunque no es legalmente obligatorio tener una cuenta bancaria separada, es muy recomendable. Separar los movimientos personales y profesionales simplifica enormemente la contabilidad y evita problemas en caso de comprobación fiscal.
Paso 4: Tus primeras obligaciones trimestrales
Una vez en activo, estas son las obligaciones que tendrás cada trimestre:
- Modelo 303: autoliquidación trimestral de IVA (diferencia entre IVA repercutido y soportado).
- Modelo 130: pago fraccionado de IRPF (20 % del rendimiento neto acumulado). No aplica si más del 70 % de tus ingresos llevan retención.
- Modelo 111: solo si tienes empleados o pagas a profesionales con retención.
- Modelo 115: solo si pagas alquiler de local con retención.
- Libro de facturas emitidas y recibidas: obligatorio llevarlos actualizados.
Y cada enero:
- Modelo 390: resumen anual de IVA.
- Modelo 190: resumen anual de retenciones (si presentas 111).
- Modelo 180: resumen anual de alquileres (si presentas 115).
Errores comunes al darse de alta
- No pedir el certificado digital: lo necesitarás para casi todo y tarda días en obtenerse.
- Infravalorar los rendimientos: para pagar menos cuota inicial, pero luego la regularización es dolorosa.
- No guardar facturas desde el primer día: los gastos previos al inicio de actividad pueden ser deducibles si están vinculados al arranque.
- Olvidar el primer trimestre: si te das de alta en marzo, tu primer modelo 303 vence el 20 de abril — menos de un mes después.